Boleta de honorarios: cuánto te retienen y cuánto recibes

Emites una boleta por $1.000.000 y te depositan $847.500. Esa diferencia no es un impuesto que perdiste: es un anticipo que vuelve a aparecer en tu declaración de renta.

Por Álvaro León · Revisado el · Metodología y fuentes

La calculadora de este sitio es para trabajadores dependientes, con contrato de trabajo y liquidación de sueldo. Si emites boletas de honorarios, tu situación funciona con otras reglas — las que se explican en esta página.

Cuánto te retienen en 2026

Desde el 1 de enero de 2026 la retención es del 15,25% del monto bruto de la boleta. Si el receptor es una empresa, retiene y entera ella; si emites a una persona natural, la retención la declaras tú.

Boleta brutaRetención 15,25%Te depositan
$500.000$76.250$423.750
$1.000.000$152.500$847.500
$1.500.000$228.750$1.271.250
$2.500.000$381.250$2.118.750

La tasa sigue subiendo

El alza es gradual y está fijada por la Ley 21.133, la misma que incorporó a los independientes al sistema de protección social:

14,5%
2025
15,25%
2026 · vigente
17%
2028 en adelante

Qué pasa realmente con esa plata

La retención es un pago provisional, no un impuesto definitivo. Queda registrada a tu nombre y se usa en la Operación Renta del año siguiente para dos cosas: pagar tus cotizaciones previsionales obligatorias y cubrir el impuesto a la renta que te corresponda.

Si lo retenido supera lo que debías, te devuelven la diferencia. Si no alcanza, tienes que pagar el saldo. Por eso emitir boletas no significa que ese 15,25% se haya perdido — significa que aún no está liquidado.

Qué coberturas te da cotizar

Al cotizar a través de la Operación Renta accedes a las mismas coberturas que un trabajador dependiente: pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, sistema de salud, asignación familiar, el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, cuota mortuoria y la Ley SANNA.

Honorarios frente a contrato de trabajo

Comparar solo el monto bruto lleva a engaño. Estas son las diferencias que no se ven en la cifra:

ConceptoContrato de trabajoHonorarios
Quién paga las cotizacionesSe descuentan mes a mes de tu liquidación: AFP, salud y seguro de cesantía.Las pagas tú una vez al año, en la Operación Renta, con cargo a lo retenido.
Seguro de cesantíaSí, con aporte del trabajador y del empleador.No existe. No hay fondo de cesantía por boletas.
Gratificación legalSí, si la empresa cumple los requisitos.No corresponde.
Vacaciones y feriado15 días hábiles al año, pagados.No hay. El día que no emites boleta, no facturas.
Indemnización al terminarPuede corresponder según la causal de término.No corresponde: no hay contrato de trabajo.

Si emites boletas pero trabajas como dependiente

Cuando cumples horario, recibes instrucciones directas y estás subordinado a una jefatura, lo que existe es una relación laboral aunque el papel diga honorarios. La Dirección del Trabajo puede revisar esa situación y declarar la existencia del contrato de trabajo, con las cotizaciones y derechos que correspondan.

Dónde verificar esto

Fuentes de esta página

Las cifras normativas citadas aquí provienen de organismos oficiales chilenos. Puedes contrastarlas directamente:

El detalle de qué valor sale de dónde, y qué no incluye el cálculo, está en metodología y fuentes.

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